Micelio
Auto8 de febrero de 2018

A- de 2018

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Mamiam De Ramos Sabina·Demandado Ejercito Nacional

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia Aparente
  • Inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
Jurisdiccion Constitucional
  • No corresponde a quienes la ejercen determinar a priori contra quienes se dirige la acción de tutela
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Superior de Popayán, Sala Constitucional y el Juzgado Noveno Administrativo de Oralidad de la misma ciudad.

Recuerda la Corte que no le es dable al juez constitucional modificar la solicitud presentada en la demanda de tutela ni excluir autoridades contra las cuales se dirigió la misma, con el objeto de declarar su incompetencia y dejar de conocer determinado asunto.

Lo anterior, por cuanto el funcionario judicial que debe conocer el amparo se determina según quien aparezca demandado y no a partir del análisis de fondo de los hechos.

Concluye la Sala que el Tribunal Superior no respetó la lógica procesal al realizar un juicio a priori sobre la autoridad responsable de la afectación que alegó la accionante, en tanto ello es a lo que debe dedicarse el fallo.

Se dirime el asunto con la remisión del expediente a la precitada Corporación, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto de 10 de octubre de 2017 proferido por la Sala Constitucional del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán, dentro de la acción de tutela formulada por la señora Mamian de Ramos Sabina interpuso acción de tutela en contra del Ejército Nacional - Área de Sanidad del Cauca.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3202 a la Sala Constitucional del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán que contiene la acción de tutela presentada por la señora Mamian de Ramos Sabina, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
  3. Tercero. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR a la accionante y al Juzgado
  4. Noveno. Administrativo de Oralidad de Popayán, la decisión adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.